Conforme al Artículo 3 Fracción VI de la LGRA deberá entenderse como la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios.”
Todas y todos los servidores públicos que vienen presentando año con año la declaración de modificación patrimonial y aquellos funcionarios que presentaron una declaración inicial en el 2019.
No existe prórroga, por lo que deberá presentarse dentro del plazo establecido que señala el Articulo 33 fracción II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Para agilizar el llenado de la declaración, es conveniente que en el momento de la captura, se disponga de la siguiente documentación:
Por Internet, a través del Sistema de Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses (SIDESPI), con usuario y contraseña que haya asignado para tal fin. (https://sidespi.zacatecas.gob.mx)
Solo las modificaciones que sufrió su patrimonio con fecha y valor de adquisición (bienes muebles e inmuebles, vehículos, inversiones y cuentas bancarias) y sus adeudos (créditos hipotecarios, compra de vehículos, prestamos personales, compras a crédito etc.), durante el año inmediato anterior al que se declara, o en su caso las del periodo laborado durante ese mismo año, así como declarar el posible conflicto de interés por participación en empresas, sociedades o asociaciones (organizaciones de la sociedad civil, organizaciones benéficas, partidos políticos, gremios/sindicatos), si recibe apoyos o un beneficio de programas públicos, así mismo manifestar si recibe algún beneficio o ganancia por su participación que supere los 250 UMA, declarar si obtuvo beneficios privados (sorteo, concurso, donación) y si participa en fideicomisos. Consulta las normas e instructivo de llenado en la plataforma del SIDESPI